La Agencia publicó los nuevos valores en su página web, que serán aplicables para el primer semestre del 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó los cifras, aplicables desde el 1° de enero, de las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.
En tal sentido, debe identificarse al adquirente en operaciones de venta minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $417.288, o cuando la operación sea por un monto superior a $208.644 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea “comercialización mayorista”, salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 208.644 y sea cancelada por medios electrónicos.
Los mencionados importes por operaciones con consumidores finales, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC. La próxima actualización se deberá realizar en julio de 2025.
¿Qué datos deben contener los comprobantes?
Apellido y Nombres.
Domicilio.
CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).